Previo a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion en el ano 2009, la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, facultaba inapropiadamente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para conocer y resolver de la reclamacion interpuesta por un particular, motivo de un acto de autoridad federal causandole un dano patrimonial, sin tener la obligacion de soportarlo por no estar legalmente legitimado en Ley. En un principio el Tribunal conocia de la reclamacion interpuesta resolviendo y posteriormente se le facultaba para conocer de la impugnacion de...
Previo a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion en el ano 2009, la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, facultab...