La filiacion biologica no coincide siempre con la juridica, de manera que para lograr dicha conexion surge el principio de libre investigacion de la paternidad que, tras diversos avatares, se encuentra amparado expresamente en el art. 39, 2 CE y recogido posteriormente en la reforma del Codigo Civil realizada en mayo de 1981 y en la de la Ley de Enjuiciamiento Civil de enero de 2000. Pues bien, aunque la investigacion de la paternidad esta afianzada en nuestro ordenamiento juridico, no es absoluta, de modo que si bien el legislador no puede prohibirla, si que puede limitarla, en atencion a...
La filiacion biologica no coincide siempre con la juridica, de manera que para lograr dicha conexion surge el principio de libre investigacion de la p...