ISBN-13: 9783659055997 / Hiszpański / Miękka / 2013 / 84 str.
ISBN-13: 9783659055997 / Hiszpański / Miękka / 2013 / 84 str.
A lo largo de mas de un siglo, en la Patagonia argentina el lento proceso de ocupacion de tierras otrora marginales para la ganaderia, condujo paulatinamente a un conflicto de intereses entre la produccion ovina y el manejo racional de la fauna silvestre; en nuestro caso, el camelido sudamericano Lama Guanicoe. En estas zonas aridas (de produccion extensiva) la sequia afecta la disponibilidad de los recursos hidrico y forrajero. El camelido, por sus condiciones fisicas y capacidad ambulatoria, supera al ovino, impedido de migrar. La Ley Nacional N 22.344, que adopto las disposiciones de la Convencion Internacional (CITES) suscripta por nuestro pais en 1980, incluyo al guanaco en el Apendice II. Dicha Ley fue aplicada con desconocimiento de la abundancia de la especie en la region patagonica, afectando con ello la produccion ovina, fuente de ingresos en la importante area geografica que abarca. Es en este escenario que (por el orden natural y productivo) intentamos avanzar en pos de una propuesta de ordenamiento juridico sustentable, que contribuya a la consecucion del principio emergente de la ECO 92. PRODUCCION SIN DESTRUCCION es ahora la consigna de nuestro trabajo."
A lo largo de más de un siglo, en la Patagonia argentina el lento proceso de ocupación de tierras otrora marginales para la ganadería, condujo paulatinamente a un conflicto de intereses entre la producción ovina y el manejo racional de la fauna silvestre; en nuestro caso, el camélido sudamericano Lama Guanicoe. En estas zonas áridas (de producción extensiva) la sequía afecta la disponibilidad de los recursos hídrico y forrajero. El camélido, por sus condiciones físicas y capacidad ambulatoria, supera al ovino, impedido de migrar. La Ley Nacional Nº 22.344, que adoptó las disposiciones de la Convención Internacional (CITES) suscripta por nuestro país en 1980, incluyó al guanaco en el Apéndice II. Dicha Ley fue aplicada con desconocimiento de la abundancia de la especie en la región patagónica, afectando con ello la producción ovina, fuente de ingresos en la importante área geográfica que abarca. Es en este escenario que (por el orden natural y productivo) intentamos avanzar en pos de una propuesta de ordenamiento jurídico sustentable, que contribuya a la consecución del principio emergente de la ECO 92. PRODUCCIÓN SIN DESTRUCCIÓN es ahora la consigna de nuestro trabajo.