ISBN-13: 9786202105415 / Hiszpański / Miękka / 2018 / 56 str.
En el Estado Plurinacional de Bolivia, la confesión judicial, necesariamente debe ser absuelta por el deferido de forma personal, salvo excepciones establecidas por ley. No procede la confesión por mandatario o apoderado porque cuando el deferido tenga que confesar y no pueda participar personalmente por no vivir en la sede del tribunal o por tener domicilio en el extranjero, la producción de la prueba confesoria se puede comisionar a las autoridades competentes del lugar de su residencia. En lo que se refiere a la confesión extrajudicial por representante legal, existe una diferencia sustancial en cuanto a la denominación que se da a la persona que se presenta en nombre de otra: Apoderado o mandatario es el que ostenta un poder notarial especial, bastante y suficiente, quien está impedido de participar como confesante a nombre de otra persona, y Representante legal es la persona que interviene en nombre y representación de otra persona, pero persona jurídica, como los gerentes o administradores, quienes pueden confesar como representantes, y su declaración confesoria extrajudicial tendrá el mismo valor que lo judicial cuando sea posible probar los hechos con prueba testifical.